Licencias por enfermedad común

Justicia pretende contratar el control de la incapacidad temporal por enfermedad común con una mutua

Remitido por CCOO de Justicia

CCOO confederal

Además de la unificación del sistema por la misma mutua, pretende atribuir a FREMAP el control de las bajas por incapacidad temporal por enfermedad común.

Las funciones que asumiría la Mutua al respecto son, básicamente:

  • Gestión del subsidio por IT por enfermedad común a partir del 16º día de baja, en lugar del INSS.
  • Prestación sanitaria a partir del 16º día de baja, con consentimiento del trabajador/a, y condicionada a la existencia de lista de espera en el sistema público.
  • Revisión del estado de salud del trabajador/a mientras dure la baja. El trabajador no puede negarse, pues la negativa infundada puede dar lugar a la propuesta de alta.
  • Posibilidad de realizar una propuesta de alta médica a la inspección de la Seguridad Social.

CCOO se opone porque bajo la excusa de un mejor control de la calidad asistencial de los trabajadores, la experiencia indica que lo que se pretende es el control de la duración de las bajas presionando a los trabajadores para que cojan el alta médica con un afán mercantilista y de rentabilidad económica para un servicio que debe ser público.

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